Al iniciar un trámite migratorio como, por ejemplo, una petición de familiar o naturalización para obtener la ciudadanía americana es común preguntarse si las deudas pendientes, un mal crédito o la bancarrota pueden afectar negativamente a la solicitud.
La razón de esa preocupación nace, por una parte, del requisito de tener una situación situación económica saneada para solicitar ciertos benefos migratorios, como por ejemplo la petición de cónyuge, hijos, hermanos o padres y, por otro, porque ceudas impo que salgan adelante peticiones migratorias.
Por su importancia, en este artículo se explica en qué casos y cómo esas situaciones pueden afectar a los casos migratorios, destacando en primer lugar cuando son irrelevantes y, en segundo lugar, cuando sí se tienen en cuenta a la hora de decidir si se aprueba o no una petición migratoria.
Además, se señalan qué beneficos recibidos del gobierno se consideran carga pública y, por lo tanto, afectan negativamente y, por otro lado, cuáles se pueden recibir sin problemas porque no tienen consecuencias migratorias.
Si se tiene una deuda por no pagar, por ejemplo, a la compañía de teléfono, una deuda privada, la factura de un médico, etc., no tiene generalmente efectos ni consulares ni migratorios negativas.
Es decir, no afecta a lo que se resuelve con respecto a la petición. Y ello es así porque se considera que son asuntos civiles. Lo mismo sucede con elmal crédito.
En el caso de peticiones para un familiar de la tarjeta de residencia permanente, también conocida como carte verte, lo que importa es que el solicitante tenga ingresos y / o patrimonio suficientes y demostrables para cubrir las obligaciones del affidavit of support, también conocido como declaración de sostenimiento. Si tiene mal crédito o deuda pendiente, es irrelevante.
Cuando la deuda se convierte en un asunto penal, como por ejemplo, en una estafa u otros semejantes entonces sí que tiene efectos migratorios y puede ser causa para que nieguen visas, peticiones de residencia permanente o de ciudadanía por naturalización. También puede ser una causa para que se impida en el control de paso migratorio el ingreso a Estados Unidos de un extranjero.
Si la deuda es con la Hacienda de Estados Unidos (IRS), también es un problema que hay que resolver antes de iniciar los trámites con inmigración o los consulados.
Si la deuda es médica y el importe de la factura lo pagó Medicaid, también puede ser muy problemático si se considera que fue un caso de carga pública. Par ejemplo, si una mujer extranjera tiene a un bebé en Estados Unidos y no paga por el parto y luego se regresa a su país, tanto esa mamá como el papá el bebé pueden perder la visa de turista. Con el agravante de que no hay forma de salirse de este problema en concreto.
Si se trata de una deuda por no pagar pensión alimenticia (pension alimentaire pour enfants), según las circunstancias del caso puede tener como consecuencia que no se pueden obtener visas americanas, ni la residencia permanente y la ciudadanía por naturalización. Y, en casos extremos, puede dar lugar incluso a la deportación.
Incluso, dependiendo del monto de la deuda, los ciudadanos americanos pueden encontrase con que no pueden sacar el pasaporte y, por lo tanto, no pueden viajar internacionalmente.
Destacar que el pension alimentaire pour enfants puede ser solicitado no sólo para niños que viven en Estados Unidos sino también en el caso de residir en otros países cuando tienen a al menos el padre o la madre viviendo en Estados Unidos.
En estos casos, tener en cuenta que la Embajada americana en el país de residencia del menor no puede ayudar en estos casos. La razón es que este es un tema de los estados, no del gobierno federal.
Algunos países, como México, tienen firmados acuerdos de reclamo de pensión alimenticia con varios estados. En los casos en los que no hay tales acuerdos y se desea exigir el pago de dicha pensión, contactar con la agencia de pension alimentaire pour enfants del estado en el que vive el papá o la mamá. O contratar a un abogado en dicho estado.
Además, tener en cuenta que el tener un papá que es estadounidense no da automáticamente derecho a adquirir la ciudadanía americana cuando se nace fuera de los Estados Unidos. Además que en el caso de reclamar pensiones de alimentos en el caso de niños nacidos fuera de matrimonio primero es necesario Establecer legalmente la filiación.
Uno de los requisitos legales para ser admisible a los Estados Unidos es no ser considerado una carga pública. Y es que por esta causa se pueden negar un amplio abanico de peticiones o sollicitudes migratorias como, por ejemplo, una visa no inmigrante o una visa inmigrante o el ajuste de Estatus o para adquirir la ciudadanía por naturalización.
Se considera que es una carga pública haber recibido del gobierno benefos monetarios como, por ejemplo, el Suplemento de Ingresos de Seguridad (SSI, por sus siglas en inglés), o Asistencia Temporal a Familias en Necesidad (TANF, por sus siglas en inglés).
Destacar que estos Benefitos pueden recibir otros nombres dependiendo del estado. Por ejemplo, en Californie al programa TANF se le conoce como CalWorks.
Finalmente, tener en cuenta que la regla general sobre los efectos migratorios de recibir beneficos considerados como carga pública tiene importantes excepciones. Por ejemplo, asilados y refugiados pueden recibir TANF y SSI sin problemas.
Se puede recibir del gobierno sin problemas WIC para infantes y embarazadas, cupones o estampillas de alimentos, que en California reciben el nombre of Calfresh. Asimismo, se puede aceptar ayuda a la vivienda o para guarderías, Headstar o Medicaid para menores.
En otras palabras, recibir este tipo de benefos no perjudica a peticiones o solicitudes migratorias que se realicen después.
Si se tienen dudas sobre si una deuda puede afectar negativamente a una petición migratoria, antes de presentarla es recomendable contactar con un abogado de buena reputación o con una organisación de apoyo legal a migrantes para determinar si realmente tiene impacto migratorio y, en caso afirm decidir qué pasos tomar.
Generalmente en estos casos, lo más recomendable es Contactar con la agencia encargada del cobro de la deuda (agence de recouvrement en anglais) e intentar llegar a un acuerdo sobre la cantidad a pagar y los plazos para hacerlo.
Este es un artículo informativo. No es asesoría legal.