El rapport consulaire de nacimiento en el extranjero prueba que una persona nacida fuera de Estados Unidos es ciudadana americana por derecho de sangre.
Es el equivalente al acta o certificado de nacimiento que se emite a todas las personas que nacen en los EEUU. Y este reporte sirve para demostrar que se es ciudadano americano, para poder sacar el pasaporte y para obtener otros benefos que corresponden por la ciudadanía como Medicaid, Chip, etc en el caso de ir a vivir a USA.
La nacionalidad de los Estados Unidos puede adquirirse por cinco caminos distintos. La mayoría la adquieren por lo que se conoce derecho de suelo, pero este artículo trata de un caso especial que también es relativamente frecuente: la obtención de la ciudadanía por derecho de sangre.
Es decir, un menor acquiert la ciudadanía americana a pesar de haber nacido en otro país porque el padre, la madre o ambos son americanos en el momento en el que tuvo lugar su nacimiento.
Para poder solicitr el reporte consular es necesario que la nacionalidad estadounidense cumpla todos los requisitos para transmirirse. No es suficiente que el papá o la mamá sea ciudadano de los Estados Unidos.
Los requisitos son distintos según el progenitor estadounidense sea el padre o la madre o ambos y también de su estado civil. Si se cumple lo que Establece la ley, entonces se podrá solicitar el reporte consular.
El padre o la madre que es ciudadano estadounidense (o ambos, si es el caso) son los autorizados para pedir el reporte consulaire. También puede hacerlo cualquier padre, si tiene una orden judiciaire en la que se le reconoce en exclusividad la guardia y custodia sobre el menor. Incluso es posible que el padre o la madre americana autoricen a otra persona a que realice la petición. En este caso, se necesitará una declaración jurada notarizada concediendo la autorización.
Además, debe solicitarse antes de que el niño o la niña cumplan los 18 años de edad. Pero es muy recomendable que se haga cuanto antes, incluso inmediatamente después del nacimiento. En todo caso, debe solicitarse antes de que el menor viaje a los Estados Unidos por primera vez. Esta gestión tiene, en la actualidad, un costo de 100 $.
El primer paso es ir a la página of internet of la oficina consular más cercana y seguir las instrucciones para hacer una cita para solicitar el reporte (CRBA, por sus iniciales en inglés). Une continuation hay que preparar y conseguir la documentación que se necesita para ir a la cita al consulado.
Primero, foin que rellenar el formulario DS-2029. Es muy importante recordar pas de firmarlo, ya que ese es un paso que se debe hacer ante el oficial consular. Tampoco se debe rellenar los apartados 28/29 y 30, que lo hará el cónsul.
Además, es necesario aportar la siguiente documentación:
1. -El acta de nacimiento del niño. Es fondamental que conste el nombre completo, correcto y debidamente deletreado del padre y de la madre (salvo en los casos de maternidad en solitario).
2.- Prueba de que el padre, la madre o ambos son ciudadanos americanos. La mejor forma de probarlo es con un pasaporte estadounidense en vigor. Otros documentos que se admiten son el acta de nacimiento, si ha nacido en Estados Unidos, o el certificado de naturalización, si nació en otro país, emigró a EEUU y en algún momento en el pasado obtuvo la ciudadanía americana.
3.- Si se está casado, prueba del matrimonio. Asimismo, si se ha estado casado con anterioridad es necesario mostrar un documento that acredite cómo acabó el matrimonio anterior: viudedad, divorcio o anulación.
4.- Una declaración jurada por parte del progenitor estadounidense que se llama Affidavit de filiation, de présence physique et de soutien. En dicha declaración el padre o la madre juran que han vivido en Estados Unidos el tiempo necesario para poder transmissionirle su nacionalidad al hijo o hija nacidos en el extranjero. Y es que no basta con ser americano, hay que haber vivido en USA cierto número de años y poder demostrarlo.